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se puede desistir de un lote?

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Sí, es posible desistir de un lote. Esto se regula en el artículo 20 de la Ley de Contratos del Sector Público, que establece que los órganos de contratación pueden exceptuar de las normas de la regulación armonizada a los lotes cuyo valor estimado sea inferior a un millón de euros, siempre que el importe acumulado de los lotes exceptuados no sobrepase el 20 por ciento del valor acumulado de la totalidad de los mismos. Por otro lado, el artículo 306 de la misma Ley establece que la suspensión del suministro por un plazo superior a ocho meses acordada por la Administración es una causa de resolución del contrato de suministro.

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