Se debe publica una prorroga en el doue
No es necesario publicar una prórroga en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) a menos que el contrato original esté sujeto a regulación armonizada (SARA) y la prórroga implique una modificación sustancial del contrato.
En general, las prórrogas de contratos públicos deben estar previstas en los pliegos y en el contrato original. Si la prórroga está contemplada desde el inicio y no supone una modificación sustancial, no es necesario publicarla en el DOUE.
Sin embargo, si la prórroga implica cambios significativos que no estaban previstos inicialmente, podría considerarse una modificación sustancial. En este caso, si el contrato es SARA, se requeriría la publicación de un anuncio en el DOUE.
Para determinar si un contrato es SARA, se debe considerar si supera ciertos umbrales económicos. Estos umbrales son diferentes para cada tipo de contrato, como se muestra en la siguiente tabla:
| Tipo de contrato | Umbral SARA |
|---|---|
| Obras | ≥ 5.404.000 € |
| Servicios o Suministros | ≥ 216.000 € |
| Servicios y Suministros AGE | ≥ 140.000 € |
- Referencias:
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El contrato es SAra debe publicarse la prorroga en DOUE?
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es obligatorio que los contratos sara se publiquen en el DOUE
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Si no s epublicaron los pliegos en un anuncio de la plataforma, hay que publicar nuevo anuncio en el doue o anularlo?
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