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Se consideran los coeficientes de Beneficio Industrial y gastos generales o el importe en valores absolutos?
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En la Ley de Contratos del Sector Público no se especifica si se consideran los coeficientes de beneficio industrial y gastos generales o el importe en valores absolutos. Esto dependerá de la naturaleza del contrato y de la cantidad a adjudicar. Si el contrato es de suministro y el valor estimado es igual o superior a 140.000 euros, se aplicarán las normas de la regulación armonizada a la adjudicación. Esto significa que el órgano de contratación tendrá que tener en cuenta los criterios objetivos de valoración, como la economía, la calidad, la garantía, etc. Estos criterios pueden incluir tanto el coeficiente de beneficio industrial como el importe en valores absolutos.
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