En un procedimiento negociado es necesario que en los pliegos se establezcan los criterios objeto de negociación?
Sí, es necesario que en los pliegos se establezcan los criterios objeto de negociación en un procedimiento negociado. En el pliego de cláusulas administrativas particulares se determinarán los aspectos económicos y técnicos que, en su caso, hayan de ser objeto de negociación con las empresas; la descripción de las necesidades de los órganos de contratación y de las características exigidas para los suministros, las obras o los servicios que hayan de contratarse; el procedimiento que se seguirá para negociar, que en todo momento garantizará la máxima transparencia de la negociación, la publicidad de la misma y la no discriminación entre los licitadores que participen; los elementos de la prestación objeto del contrato que constituyen los requisitos mínimos que han de cumplir todas las ofertas; los criterios de adjudicación. La información facilitada será lo suficientemente precisa como para que los operadores económicos puedan identificar la naturaleza y el ámbito de la contratación y decidir si solicitan participar en el procedimiento.
-
Como se puede incluir la orden HFP/55/2023 en los pliegos
-
¿Se puede establecer la necesidad de oferta integradora como requisito en los pliegos?
-
En que documento se reflejan los criterios de valoración
-
qué apartados debe contener un pliego de prescripciones técnicas en un procedimiento de contratación negociado con publicidad
-
Inclusion criterios valor en pliegos