¿Cuando una licitación pública se declara desierta, se puede realizar una adjudicación directa?
Los órganos de contratación podrán adjudicar contratos utilizando el procedimiento negociado sin la previa publicación de un anuncio de licitación únicamente en los contratos de obras, suministros, servicios, concesión de obras y concesión de servicios, cuando:
- no se haya presentado ninguna oferta
- ninguna oferta adecuada
- ninguna solicitud de participación
- ninguna solicitud de participación adecuada en respuesta a un procedimiento abierto o a un procedimiento restringido
En todo caso, siempre que las condiciones iniciales del contrato no se modifiquen sustancialmente, sin que en ningún caso se pueda incrementar el presupuesto base de licitación ni modificar el sistema de retribución, y que se envíe un informe a la Comisión Europea cuando esta así lo solicite.
Se considerará que una oferta no es adecuada cuando no sea pertinente para el contrato, por resultar manifiestamente insuficiente para satisfacer, sin cambios sustanciales, las necesidades y los requisitos del órgano de contratación especificados en los pliegos que rigen la contratación.
Se considerará que una solicitud de participación no es adecuada si el empresario de que se trate ha de ser o puede ser excluido en virtud de los motivos establecidos en la presente Ley o no satisface los criterios de selección establecidos por el órgano de contratación.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 168
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¿que pasa si en un procedimiento negociado no presenta oferta final?
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en que contratos no existe licitación
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¿cuando puedo licitar utilizando un procedimiento de licitación con negociación?
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Se puede tramitar un negociado sin publicidad si una licitación se queda desierta?
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pasos procedimiento negociado sin publicidad