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mediciones

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Las mediciones en el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España se refieren al proceso de medir las unidades de obra ejecutadas en un proyecto de construcción, incluyendo las variaciones permitidas y el procedimiento para la medición general y certificación final de las obras.

Las mediciones de las unidades de obra se realizan mensualmente por la dirección de la obra, conforme a lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas particulares. El contratista tiene el derecho de presenciar estas mediciones. Es importante que para las obras o partes de obra que quedarán ocultas, el contratista notifique con antelación a la dirección de obra para que se realicen las mediciones necesarias y se levanten los planos correspondientes.

Los planos deben ser detallados para permitir mediciones precisas que sirvan para las valoraciones y la correcta ejecución de la obra. En caso de variaciones en las unidades de obra ejecutadas que no superen el 10% del precio primitivo del contrato (IVA excluido), estas pueden introducirse sin previa aprobación y deben reflejarse en las certificaciones mensuales o en la certificación final, según corresponda.

La medición general de las obras se lleva a cabo una vez recibidas estas, con la asistencia del contratista. Esta medición utiliza datos como el replanteo, mediciones previas, y cualquier otro dato relevante. Se levanta un acta de esta medición, y el contratista tiene un plazo para manifestar su conformidad o realizar reclamaciones. Basándose en esta medición, se redacta una relación valorada y se expide la certificación final de las obras, la cual debe ser aprobada por el órgano de contratación en un plazo establecido para proceder a su abono.

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