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Si un contrato está dividido en lotes, ¿el recurso especial se aplica a todos los lotes o solo a los que superan el umbral?

Esta pregunta ha sido revisada por un humano

Cuando un contrato está dividido en lotes, para determinar si es susceptible de recurso especial en materia de contratación (REMC) debe atenderse, con carácter general, al valor estimado acumulado de todos los lotes, no al valor individual de cada lote.

El artículo 101.12 LCSP establece que, cuando una contratación pueda dar lugar a la adjudicación simultánea de contratos por lotes separados, debe tenerse en cuenta el valor global estimado de la totalidad de los lotes.

Además, el artículo 99.6 LCSP dispone que las normas procedimentales y de publicidad aplicables a cada lote se determinan en función del valor acumulado del conjunto.

Por tanto, si el valor estimado total del contrato supera el umbral del artículo 44 LCSP para el recurso especial, los actos relativos a los distintos lotes pueden ser susceptibles de REMC aunque el valor individual de alguno de ellos no alcance ese umbral.

Así lo ha señalado también el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales: para determinar si procede el recurso especial en un contrato dividido en lotes debe atenderse al valor estimado global de la contratación.

Ejemplo

Un contrato de servicios se divide en tres lotes:

Lote Valor estimado
Lote 1 60.000 €
Lote 2 30.000 €
Lote 3 20.000 €
Total 110.000 €

Aunque ninguno de los lotes supera individualmente los 100.000 euros, el valor estimado total del contrato sí supera ese umbral.

En consecuencia, el contrato está sujeto al régimen del recurso especial, también respecto de la adjudicación de un lote de 20.000 o 30.000 euros. La doctrina de los tribunales administrativos de recursos contractuales confirma este criterio.

¿Y qué ocurre con el plazo antes de formalizar?

Si la adjudicación está sujeta a recurso especial, debe respetarse el plazo legal previo a la formalización respecto de los lotes afectados por ese régimen.

Ahora bien, hay que distinguir esto de la suspensión provocada por la interposición efectiva de un recurso.

Cuando se interpone un REMC contra la adjudicación de uno o varios lotes concretos, la suspensión automática afecta únicamente a los lotes que han sido objeto de impugnación. El Reglamento de los procedimientos especiales de revisión lo establece expresamente.

Por tanto:

  • Para determinar si cabe REMC, se atiende, con carácter general, al valor estimado acumulado del contrato.
  • Si el contrato supera el umbral, el recurso puede afectar a lotes cuyo importe individual sea inferior.
  • Si finalmente se recurre únicamente la adjudicación de un lote concreto, la suspensión automática se limita a ese lote, y no paraliza necesariamente los demás.
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