pliego clausulas administrativas particulares
Los pliegos de cláusulas administrativas particulares son documentos esenciales en la contratación pública que establecen las condiciones específicas de cada contrato, incluyendo criterios de solvencia, adjudicación, y obligaciones de las partes.
Los pliegos de cláusulas administrativas particulares deben ser aprobados antes de la autorización del gasto o conjuntamente con ella, y siempre antes de la licitación del contrato. Solo pueden ser modificados posteriormente por error material, de hecho o aritmético; de lo contrario, se requiere la retroacción de actuaciones.
Estos pliegos incluyen criterios de solvencia y adjudicación del contrato, consideraciones sociales, laborales y ambientales, y pactos y condiciones que definen los derechos y obligaciones de las partes. También deben prever la cesión del contrato, salvo en casos donde no sea posible, y asegurar el cumplimiento de las condiciones salariales según el convenio colectivo aplicable.
En contratos que impliquen el tratamiento de datos personales, los pliegos deben especificar la finalidad de la cesión de datos, la obligación de cumplir con la normativa de protección de datos, y detalles sobre la ubicación de servidores y subcontrataciones.
Los pliegos pueden establecer penalidades por incumplimiento o cumplimiento defectuoso de las prestaciones, y deben ajustarse al contenido de los pliegos generales. La aprobación de estos pliegos corresponde al órgano de contratación, y en ciertos casos, requiere informe previo del Servicio Jurídico.
Aspectos Clave | Descripción |
---|---|
Aprobación | Antes de la autorización del gasto o licitación |
Contenido | Criterios de solvencia, adjudicación, condiciones sociales, laborales, ambientales |
Protección de Datos | Obligaciones específicas en contratos que traten datos personales |
Penalidades | Posibles por incumplimiento o cumplimiento defectuoso |
Aprobación | Por el órgano de contratación, con informe jurídico previo en algunos casos |
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 122
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 121
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 3
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 309
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 66
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