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El preaviso para la prórroga de un contrato en el sector público debe realizarse al menos con dos meses de antelación a la finalización del contrato original, siendo obligatorio para el empresario si se cumple este requisito, salvo que el pliego del contrato establezca un plazo mayor de preaviso.

La prórroga de un contrato en el sector público es un mecanismo que permite extender la duración del contrato más allá del plazo inicialmente previsto. Esta extensión debe ser acordada por el órgano de contratación y es obligatoria para el empresario, siempre y cuando se le haya notificado con el preaviso adecuado. La ley establece que este preaviso debe ser de al menos dos meses antes de la finalización del contrato. Sin embargo, es importante revisar el pliego que rige el contrato, ya que puede establecer un periodo de preaviso mayor.

Existe una excepción a la obligación de preaviso para aquellos contratos cuya duración original sea inferior a dos meses. En estos casos, no se requiere el preaviso para la prórroga del contrato.

Es crucial tener en cuenta que la prórroga no puede producirse por el consentimiento tácito de las partes. Debe haber una comunicación expresa y cumplir con los plazos de preaviso establecidos para que la prórroga sea válida y obligatoria para el empresario.

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