quorum minimo para celebrar una mesa de contratacion en un procedimiento armonizadp
El quórum mínimo para celebrar una mesa de contratación en un procedimiento armonizado requiere la presencia del Presidente, el Secretario, un funcionario con funciones de asesoramiento jurídico y un funcionario con funciones de control económico-presupuestario.
En los procedimientos de contratación, la mesa de contratación es un órgano de asistencia técnica especializada que desempeña funciones clave como la calificación de la documentación, la valoración de las proposiciones y la propuesta de adjudicación del contrato.
La mesa de contratación debe estar compuesta por un Presidente, los vocales determinados reglamentariamente y un Secretario. Es esencial que entre los vocales figure un funcionario encargado del asesoramiento jurídico y otro del control económico-presupuestario.
En el caso de un procedimiento armonizado, se considera que la mesa está válidamente constituida si cuenta con la presencia del Presidente, el Secretario, un funcionario con funciones de asesoramiento jurídico y un funcionario con funciones de control económico-presupuestario.
Cargo | Requisito |
---|---|
Presidente | Presente |
Secretario | Presente |
Funcionario de asesoramiento jurídico | Presente |
Funcionario de control económico-presupuestario | Presente |
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 326