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contratos de adquisición dinámicos

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Un Sistema Dinámico de Adquisición (SDA) es un proceso de contratación pública totalmente electrónico, diseñado para la adquisición recurrente de obras, servicios y suministros de uso corriente, que permite la incorporación continua de empresas y requiere una segunda licitación para la adjudicación de contratos derivados.

El SDA es una herramienta de racionalización de la gestión de la contratación de las entidades del sector público. Se caracteriza por ser un listado abierto de proveedores homologados, al cual pueden incorporarse empresas en cualquier momento de su vigencia, siempre que cumplan con los criterios de selección establecidos. Este sistema fomenta la concurrencia competitiva y puede incluir catálogos electrónicos.

La implementación del SDA se realiza en dos etapas principales. En la primera etapa, se establecen los términos que regirán el SDA y se definen las categorías de productos, obras o servicios. Se publica un anuncio de licitación para la presentación de solicitudes de participación de las empresas. En la segunda etapa, se invita a las empresas admitidas a presentar ofertas para contratos específicos, adjudicándose al licitador que presente la mejor oferta según los criterios definidos.

El SDA tiene una duración limitada y determinada en los pliegos, y no se requiere la aprobación de un presupuesto base de licitación, aunque sí se debe establecer el valor estimado del conjunto de contratos previstos durante la vigencia del SDA.

La gestión del SDA es íntegramente electrónica, y su uso implica una simplificación en comparación con las licitaciones ordinarias, ofreciendo una alternativa eficaz al contrato menor y evitando el fraccionamiento del objeto de los contratos.

Los SDA son una figura innovadora en la contratación pública que, a pesar de las incertidumbres y dificultades que conlleva la adopción de un nuevo procedimiento, ofrecen ventajas significativas en términos de eficiencia y flexibilidad.

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