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Si un contrato dividido en lotes es SARA, ¿el régimen SARA se aplica a todos los lotes?

Esta pregunta ha sido revisada por un humano

Sí, como regla general. Cuando un contrato se divide en lotes, para determinar si está sujeto a regulación armonizada (SARA) se tiene en cuenta el valor estimado acumulado de todos los lotes.

Si la suma de los lotes alcanza o supera el umbral SARA correspondiente, las normas de regulación armonizada se aplican a la adjudicación de cada uno de los lotes, aunque algunos tengan individualmente un valor inferior al umbral.

Por tanto, no se analiza cada lote de forma aislada para decidir si es SARA.

Ejemplo

Un contrato de servicios de un ayuntamiento se divide en tres lotes:

Lote Valor estimado
Lote 1 150.000 €
Lote 2 50.000 €
Lote 3 30.000 €
Total 230.000 €

El umbral SARA aplicable a estos contratos de servicios es actualmente de 216.000 euros.

Como el valor estimado acumulado asciende a 230.000 euros, el contrato queda sujeto a regulación armonizada y, como regla general, el régimen SARA se aplica a los tres lotes, aunque ninguno de ellos alcance individualmente los 216.000 euros.

¿Hay alguna excepción?

Sí.

En los contratos de servicios y suministros, el órgano de contratación puede exceptuar del régimen SARA determinados lotes cuando se cumplen conjuntamente estas dos condiciones:

  • el valor estimado individual del lote es inferior a 80.000 euros; y
  • el valor acumulado de todos los lotes que se exceptúen no supera el 20 % del valor acumulado de la totalidad de los lotes.

En los contratos de obras, puede aplicarse la misma excepción a lotes cuyo valor estimado sea inferior a 1.000.000 de euros, siempre que el conjunto de los lotes exceptuados no supere el 20 % del valor total.

Esta excepción es una posibilidad del órgano de contratación, no una exclusión automática.

¿Y qué ocurre con los plazos?

Si a un lote se le aplica el régimen SARA, deben respetarse para ese lote las reglas de publicidad, procedimiento y plazos propios de los contratos sujetos a regulación armonizada.

Si el órgano de contratación utiliza correctamente la excepción del 20 % para determinados lotes, esos lotes exceptuados no tienen que someterse a las normas SARA.

Por tanto:

  • Regla general: si el valor acumulado supera el umbral SARA, el régimen SARA se aplica a todos los lotes.
  • Excepción: algunos lotes de pequeño importe pueden quedar fuera si cumplen los límites individuales y el límite conjunto del 20 %.
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