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Resolución
458/2025
COMERCIAL CONTEL, SA impugna la adjudicación de los lotes 2.1 y 2.2 del contrato de suministro. Alega que el órgano de contratación no valoró correctamente la ampliación del período de garantía de su oferta, al considerar solo la garantía más corta y no la documentación complementaria que especificaba garantías concretas por producto. El órgano de contratación solicitó la inadmisión del recurso por extemporaneidad y defendió que las valoraciones se hicieron conforme a los pliegos y la propuesta presentada.
- Artículo 56.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público
- Artículo 22 del Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
- Artículo 46 de la LCSP
- Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2011, de 27 de julio
- Artículo 44.1 a) de la LCSP
- Artículo 44.2 c) de la LCSP
- Artículo 53 de la LCSP
- Artículo 21.3 del RD 814/2015
- Artículo 55 b) de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 16 del Decreto 221/2013
- Artículo 51.1 a) de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Disposición adicional decimoquinta de la LCSP
- Artículo 55 d) de la LCSP
- Artículo 116.4 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículo 10.1 k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
- Artículo 59 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Cataluña 291/2025 2025-07-10
- Cataluña 150/2025 2025-04-02
- Cataluña 12/2022 2022-10-18
- Cataluña 252/2021 2021-09-08
- Cataluña 183/2020 2020-05-20
- Cataluña 17/2019 2019-01-30
- Cataluña 231/2018 2018-11-07
- Cataluña 201/2018 2018-10-10
- Cataluña 169/2017 2017-11-29
- Cataluña 121/2017 2017-07-28
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