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Resolución
230/2022
Ilunion recurre su exclusión de la licitación de un contrato de servicios de teleasistencia. La mesa de contratación requirió a Ilunion para que justificase su oferta por presunción de temeridad, pero finalmente la excluyó al considerar que no justificó adecuadamente su oferta. Ilunion alega que sí cumplía con el convenio colectivo y los requisitos de dedicación exclusiva del personal exigidos en los pliegos.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 149 de la LCSP
- Artículo 46.4 de la LCSP
- Artículo 56.2 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 44.1.a) y 2.b) de la LCSP
- Artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
- Artículo 58 de la LCSP
- Artículo 59 de la LCSP
- Artículo 10, letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Esta resolución cita a:
- Madrid 294/2018 2018-09-26
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