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Resolució 43/2013

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Fets

El Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia convocó una licitación pública para la gestión de servicios de atención a la dependencia. Dos empresas, CENTRO DE MAYORES CARE EXTREMADURA DOS 2002, S.L.U. y RESIDENCIAL SENIOR 2000 S.L.U., presentaron ofertas y fueron propuestas como adjudicatarias de varios lotes. Sin embargo, la adjudicación no se concretó porque estas empresas presentaron la documentación requerida (incluidas las garantías) fuera del plazo establecido. Las empresas recurrieron esta decisión.

  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículo 73
  • Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP), artículos 40.1, 41.3, 42, 43.1, 44.2, 46.1, 46.2, 47.5, 88, 151, 154, 172.b), 278, 303
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP)
  • Ley 39/2006, de 14 de diciembre
  • Código Civil, artículo 3
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, artículos 10.1, letra k) y 46.1
  • Decreto de 17 de junio de 1955
  • Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre
  • Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre

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