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Resolución 486/2023

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Hechos

El Ayuntamiento adjudicó el contrato a la UTE LAGOUME-TREBERNET. PLASTNET ANOIA, SL, que quedó en tercera posición, presenta un recurso alegando que las empresas de la UTE no cumplen los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en los pliegos. El Ayuntamiento solicita la inadmisión del recurso por falta de legitimación de PLASTNET y, subsidiariamente, su desestimación. La UTE LAGOUME-TREBERNET se opone al recurso, defendiendo que cumple con los requisitos del PCAP.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 44.1 a) LCSP
  • Artículo 44.2 c) LCSP
  • Artículo 46.2 LCSP
  • Artículo 48 LCSP
  • Artículo 50.1 LCSP
  • Artículo 51.1 LCSP
  • Artículo 53 LCSP
  • Artículo 57.3 LCSP
  • Artículo 58.2 LCSP
  • Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
  • Artículo 16 del Decreto 221/2013
  • Artículo 22 del Decreto 221/2013
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
  • Artículo 21.3 del RD 814/2015
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
  • Artículo 10.1 k) de la Ley 29/1998
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
  • Artículo 59 LCSP

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