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Resolución
213/2025
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
29 de julio de 2025
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
Se recurren los pliegos al considerar que vulneran el principio de igualdad y libre competencia, incumplimiento del deber de dividir en lotes, criterios de adjudicación no justificados ni proporcionales, indefinición del objeto contractual y presupuesto, falta de proyecto técnico y de partida alzada para imprevistos.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 116.4 de la LCSP
- Artículo 99.3 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44.1.b) de la LCSP
- Artículo 44.2.a) de la LCSP
- Artículo 50.1.b) de la LCSP
- Artículo 145 LCSP
- Artículo 124 LCSP
- Artículo 57.2 de la LCSP
- Artículo 57.4 de la LCSP
- Artículo 51 de la Ley 39/2015
- Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa – Administrativa
- Artículos 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998
- Decreto 10/2015, de 12 de febrero
- Artículo 2.2 del Decreto 10/2015
- Artículo 3 del Decreto 10/2015
Esta resolución cita a:
- Canarias 169/2025 2025-06-19
- Canarias 154/2025 2025-06-09
- Canarias 289/2024 2024-12-23
- Canarias 237/2024 2024-10-15
Esta resolución aparece citada en:
- Canarias 86/2026 2026-03-09
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