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Resolució
299/2025
- Pliego de condiciones administrativas
- Pliego de prescripciones técnicas
- Transporte a la demanda
- Antigüedad de vehículo
- Libre concurrencia
- Competencia desleal
- Esquema nacional de seguridad
- Certificación
- Solvencia técnica
- Contradicción en pliego
- Discrecionalidad técnica
- Criterio de adjudicación
- Justificación de pliego
- Principio de igualdad
El Cabildo Insular de Tenerife publica el anuncio de licitación y los pliegos para un contrato de servicios de transporte a la demanda en Tenerife, dividido en seis lotes. Se interponen recursos especiales contra los pliegos por parte de varios recurrentes. Don JDDG y Don JSG impugnan la exigencia de antigüedad máxima de 10 años para los vehículos y la permisividad de participación de taxis de otros municipios y operadores externos, alegando competencia desleal y contradicción con la normativa autonómica. CELERING TRAVEL. S.L.U. impugna la forma de acreditar la conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) para el Lote 6, argumentando que se permiten alternativas a la certificación ENS de categoría media, lo que vulnera los principios de contratación pública y la normativa ENS.
- Artículo 56.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 3 a) del Decreto 10/2005, de 12 de febrero, por el que se crea el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Artículo 44.1 a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 44.2 a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 48 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 50.1.b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 28.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 99.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 145 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 116.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 4 de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias
- Artículo 25 de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias
- Artículo 44 de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias
- Artículo 60.3 de la Ley 4/2025, de 1 de agosto, de modificación urgente de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias
- Artículo 67 de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias
- Artículo 132.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 18.2.a) de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado
- Artículo 156 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Artículo 2 del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad
- Artículo 38.1 del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad
- Anexo 1 del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad
- Apartado VII de la Resolución de 13 de octubre de 2016, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Instrucción Técnica de Seguridad de conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad
- Artículo 3 del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad
- Artículo 93 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 94 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 58.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 57.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa – Administrativa
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa – Administrativa
- Decreto 74/2012 por el que se aprueba el Reglamento del servicio de taxi en la Comunidad Autónoma de Canarias
- Decreto 122/2018
- Decreto 72/2012, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias
Esta resolución cita a:
- Canàries 233/2025 2025-08-20
- Canàries 126/2023 2023-05-22
- Canàries 030/2023 2023-01-31
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