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Resolución
74/2021
La empresa GEOTALUD presenta un recurso contra la decisión de la mesa de contratación de excluir a las empresas INFRAESTRUCTURA y TALIO por ofrecer precios unitarios que excedían el precio tipo establecido en los pliegos. GEOTALUD argumenta que esta exclusión altera la valoración de las ofertas y podría resultar en una adjudicación incorrecta. GEOTALUD solicita la suspensión del procedimiento y la retroacción de las actuaciones para que se valoren nuevamente las ofertas de las empresas excluidas.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP)
- Artículo 44.1 a) de la LCSP
- Artículo 44.2 b) de la LCSP
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48.1 de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 56.2 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Artículo 63 de la LCSP
- Artículo 139 de la LCSP
- Artículo 102.4 de la LCSP
- Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya
- Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, artículo 84
Esta resolución cita a:
- Cataluña 210/2019 2019-06-19
- Cataluña 69/2019 2019-03-14
- Cataluña 233/2018 2018-11-07
- Cataluña 222/2018 2018-10-31
- Cataluña 217/2018 2018-10-24
- Cataluña 212/2018 2018-10-17
- Cataluña 58/2018 2018-04-05
- Cataluña 24/2018 2018-02-28
- Cataluña 28/2018 2018-02-22
- Cataluña 160/2017 2017-11-09
- Cataluña 35/2017 2017-02-14
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