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Resolución
027/20223
Órgano de contratación
Parte recurrente
Fecha de resolución
17 de enero de 2023
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
ASEJA recurre contra el anuncio y los pliegos del contrato de servicio de mantenimiento de arroyos en Madrid, alegando que el CPV consignado no se corresponde con los trabajos a realizar. El órgano de contratación se allana a la pretensión del recurrente y manifiesta la conveniencia de sustituir el CPV por uno más específico, suspendiendo el proceso de licitación a efectos de modificación de los pliegos.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa
- artículo 56 de la LCSP
- artículo 46.4 de la LCSP
- artículo 3 de la Ley 9/2010
- artículo 48 de la LCSP
- artículo 50.1 de la LCSP
- artículo 44.1.a) de la LCSP
- artículo 44.2.a) de la LCSP
- artículo 82.4 de la Ley 39/2015
- artículo 57.2 LCSP
- artículo 75 de la Ley 29/1998
- artículo 58 de la LCSP
- artículos 10, letra k) de la Ley 29/1998
- artículo 46.1 de la Ley 29/1998
- artículo 59 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Madrid 145/2018 2018-05-09
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