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Resolució 286/2025

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Fets

El 15 de enero de 2025 se anunció la licitación para el suministro de medicamentos genéricos al Servicio Canario de la Salud, con un valor estimado de 19.547.464,36 € y dividido en 32 lotes. La fecha límite para presentar ofertas fue el 17 de febrero de 2025, ampliada posteriormente al 10 de marzo de 2025. El procedimiento es abierto y se rige por la LCSP. El 4 de junio de 2025, la Mesa de Contratación admitió certificados EDI no incorporados inicialmente por algunos licitadores, incluyendo la recurrente, al obrar en poder del órgano de contratación. Se valoraron las ofertas y se propuso la adjudicación a varias empresas para los lotes 18, 20, 31 y 32. La recurrente, EVER PHARMA THERAPEUTICS SPAIN, S.L, obtuvo 3 puntos de 23 posibles en el criterio EDI, ya que su certificado solo acreditaba el subcriterio 2.1. El 25 de julio de 2025, el órgano de contratación adjudicó el acuerdo marco. El 12 de agosto de 2025, EVER PHARMA interpuso un recurso especial contra la adjudicación de los lotes 18, 20, 31 y 32, alegando una valoración incorrecta de su oferta en el criterio EDI debido a un certificado incompleto y a causas imputables al SCS que impidieron finalizar las pruebas. El órgano de contratación propuso desestimar el recurso, argumentando que la valoración se ciñó a los certificados oficiales emitidos en plazo y que no hubo error manifiesto o arbitrariedad.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Artículo 139.1 de la LCSP
  • Artículo 1 y 132 de la LCSP
  • Artículo 46.1 de la LCSP
  • Artículo 3 a) del Decreto 10/2015, de 12 de febrero
  • Artículo 44 apartados 1.a y b) y 2.c) de la LCSP
  • Artículo 50.1 letra d) de la LCSP
  • Artículo 22 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
  • Artículo 51 de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 56.3 de la LCSP
  • Artículo 57.3 de la LCSP
  • Artículo 53 de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Artículo 1281 del Código Civil
  • Artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

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