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Resolución 1506/2023

Licitación
Parte recurrente
Fecha de resolución
16 de noviembre de 2023
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos

Limasa Mediterránea S.L.U. recurre los pliegos del contrato de limpieza de edificios municipales del Ayuntamiento de Cartagena. Alega que la descripción del criterio subjetivo es muy amplia e inconcreta, que se exige a los licitadores contar con los vehículos y etiquetas medioambientales en el momento de presentar la oferta, y que el criterio de la bolsa de horas adicionales tiene un coste desproporcionado. El Ayuntamiento pide la inadmisión del recurso porque el recurrente no ha presentado oferta.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 46 LCSP
  • Artículo 44 LCSP
  • Artículo 50 LCSP
  • Artículo 48 LCSP
  • Artículo 145 LCSP
  • Artículo 145.7 LCSP
  • Artículo 127 LCSP
  • Artículo 55 b) LCSP
  • Artículo 58.2 LCSP
  • Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Artículo 10.1 k) Ley 29/1998
  • Artículo 46.1 Ley 29/1998

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