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Resolución
1884/2021
La asociación empresarial MARCAS DE RESTAURACIÓN interpone reclamaciones contra los pliegos de cuatro procedimientos de contratación tramitados por AENA para el arrendamiento de espacios destinados a restauración, multitienda y máquinas expendedoras en varios aeropuertos. El recurrente considera que estos contratos deberían ser calificados como concesiones de servicios y no como arrendamientos de bienes inmuebles.
- Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, arts. 119 y siguientes
- Real Decreto-ley 3/2020, art. 20
- Real Decreto-ley 3/2020, art. 1.2
- Real Decreto-ley 3/2020, art. 120.1
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, arts. 44 y siguientes
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, art. 56.2
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, arts. 49 y 56
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, art. 57.3
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, art. 58
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, art. 45.1
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, art. 57
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, art. 13
- Directiva 2014/23/UE
- Directiva 2014/23/UE, art. 5.1.b
- Directiva 2014/23/UE, art. 10.8
- Directiva 2014/23/UE, art. 20.3
- Directiva 2014/23/UE, art. 20.5
- Ley 29/1998, de 13 de julio, arts. 11.1.f) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Central 1071/2018 2018-11-23
- Central 1065/2017 2017-11-16
- Central 230/2011 2011-09-27
- Central 192/2011 2011-07-19
Esta resolución aparece citada en:
- Central 0703/2024 2024-05-30
- Central 1498/2023 2023-11-16
- Central 0221/2023 2023-02-23
- Central 0588/2022 2022-05-19
- Central 1953/2021 2021-12-29
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