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Resolución
0751/2018
Órgano de contratación
Fecha de resolución
31 de julio de 2018
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La empresa recurrente fue excluida de la licitación porque, según la mesa de contratación, el firmante de la documentación no coincidía con los representantes legales de la empresa. La empresa presentó un escrito de aclaración con el poder de representación del firmante, pero no fue aceptado. La empresa recurre esta decisión, alegando que la falta de coincidencia debería considerarse un defecto subsanable.
- LCSP
- Artículo 45.1 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44.2.b) de la LCSP
- Artículo 55 de la LCSP
- Artículo 58.2 de la LCSP
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Artículo 22.1.1º del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
- Artículo 81.2 del RGLCAP
- Artículos 1.259 y 1.727 del Código Civil
- Ley 29/1998, de 13 de julio
- Artículos 11.1, letra f) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Esta resolución cita a:
- Central 64/2012 2012-03-06
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