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Resolució 311/2022

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Fets

El Ayuntamiento de Arganda del Rey declaró desierto el lote 2 del contrato de concesión de servicios para la recogida de residuos, limpieza viaria y gestión de aceite doméstico usado. Reseave, S.L. recurre esta decisión, argumentando que el tribunal ya había ordenado la retroacción del procedimiento para valorar su oferta y la de Gema Integrales, S.L. tras la exclusión inicial de ambas empresas. El Ayuntamiento alega que la declaración de desierto es anterior a la resolución del tribunal y que la retroacción está condicionada a la exclusión efectiva de otra empresa, East West Productos Textiles. Esta última también ha recurrido su exclusión.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • artículo 46.4 de la LCSP
  • artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
  • artículo 48 de la LCSP
  • artículo 50.1 de la LCSP
  • artículo 44.1.c) y 2.c) de la LCSP
  • artículo 56.2 de la Ley 9/2017
  • artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • artículo 56 de la LCSP
  • artículo 58 de la LCSP
  • artículos 10, letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • artículo 59 de la LCSP
  • artículo 3.5 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público

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