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Resolución
067/2014
La empresa Unión Internacional de Limpieza, S.A. (UNI2) interpuso un recurso especial contra la adjudicación del contrato de servicio de limpieza en Getxo. El recurso se basa en que, a pesar de que la oferta global de UNI2 se ajustaba al tipo máximo de licitación, se superaban los tipos de licitación previstos para el Aula de Cultura y la Escuela de Música, lo que llevó a su exclusión y a la adjudicación a otra empresa (INBISA). UNI2 argumenta que la interpretación del pliego por parte de la Mesa de Contratación fue incorrecta y que sí existía crédito suficiente para su oferta.
- Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (TRLCSP)
- TRLCSP artículo 46.2
- TRLCSP artículo 42
- TRLCSP artículo 44. 4. a)
- TRLCSP artículo 40.1 a)
- TRLCSP Anexo II
- TRLCSP artículo 40.2 c)
- TRLCSP artículo 3
- TRLCSP artículo 110.2
- Código Civil artículo 1.256
- Ley 5/2010, de 23 de diciembre, Disposición Adicional Octava
- TRLCSP artículo 43. 2
- TRLCSP artículo 45
- TRLCSP artículo 47.4
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 44.1
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 46. 1
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 10 k)
- TRLCSP artículo 49
Esta resolución aparece citada en:
- Euskadi 009/2025 2025-01-17
- Euskadi 150/2024 2024-07-31
- Euskadi 147/2024 2024-07-30
- Euskadi 115/2024 2024-06-26
- Euskadi 004/2024 2024-01-10
- Euskadi 233/2023 2023-12-18
- Euskadi 174/2023 2023-09-27
- Euskadi 165/2023 2023-09-15
- Euskadi 137/2023 2023-07-10
- Euskadi 125/2023 2023-06-28
- Euskadi 039/2023 2023-03-01
- Euskadi 132/2022 2022-08-19
- Euskadi 167/2021 2021-10-21
- Euskadi 119/2019 2019-07-09
- Euskadi 133/2016 2016-12-05
- Euskadi 086/2016 2016-07-11
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