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Resolución 052/2018

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Hechos

Una concejal del Ayuntamiento de Majadahonda recurre los pliegos de la licitación del servicio de teleasistencia domiciliaria, alegando errores en el tipo de IVA aplicado, falta de publicación en el DOUE, limitaciones en el número de hogares a atender, incumplimiento del principio de igualdad, incumplimiento de un acuerdo plenario, falta de parámetros para la temeridad de las ofertas, falta de exigencia de subrogación del personal, inviabilidad de la notificación de alarmas en fin de semana, tiempo excesivo de llegada de la unidad móvil, necesidad de descontar días sin servicio, y falta de especificación en la formación del personal.

  • TRLCSP
  • Artículo 41.4 del TRLCSP
  • Artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre
  • Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014
  • Artículo 40.1.b) y 2 a) del TRLCSP
  • Artículo 42 del TRLCSP
  • Artículo 24.4 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos contractuales, aprobado por el RD 814/2015, de 11 de Septiembre
  • Artículo 63 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
  • Artículo 63.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL)
  • Artículos 20 a) LJCA y 63.1 b) LBRL
  • Artículos 176 y siguientes de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general
  • Artículo 44.2 del TRLCSP
  • Artículo 15 de la Ley 39/2006 de 14 de diciembre
  • Artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Artículo 87.2 del TRLCSP
  • Artículo 75 de la LIVA
  • Artículo 2 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre
  • Artículo 26 del TRLCSP
  • Artículo 1 del TRLCPS
  • Artículo 22.1 del TRLCSP
  • Artículo 117.1 del TRLCSP
  • Artículo 152 del TRLCSP
  • Artículo 67 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Artículo 85 del RGLCAP
  • Artículo 90 del RGLCAP
  • Artículo 47.5 del TRLCSP
  • Artículos 10, letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Artículo 49 del TRLCSP

Esta resolución cita a:

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