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Resolución
040/2020
La empresa BPXPORT XXI, SLU interpone un recurso contra los pliegos del contrato de servicios deportivos del Ayuntamiento de Andoain. El recurso se basa en la ilegalidad de la fórmula de valoración de la oferta económica y del criterio de adjudicación de experiencia en gestión de servicios deportivos. El Ayuntamiento se opone al recurso, defendiendo la legalidad de la fórmula económica y la validez de la experiencia como criterio de adjudicación.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 56.2 de la Ley 9/2017
- Artículo 44.1 a) de la LCSP
- Artículo 44.2 a) de la LCSP
- Artículo 3 de la LCSP
- Artículo 145.2.2 de la LCSP
- Artículo 145.5 de la LCSP
- Artículo 58.1 de la Directiva 2014/24/UE
- Artículo 145 apartado 2º de la LCSP
- Artículos 122.1 y 124 de la LCSP
- Artículo 1.1 de la LCSP
- Artículo 46.1 de la LCSP
- Disposición Adicional Octava de la Ley 5/2010
- Artículo 44.1 Ley 29/1998
- Artículo 46. 1 LJ
- Artículo 10 k) LJ
- Artículo 49 del TRLCSP
Esta resolución cita a:
- Euskadi 211/2019 2019-12-04
- Euskadi 166/2019 2019-10-08
- Euskadi 108/2019 2019-06-13
- Euskadi 117/2015 2015-10-20
Esta resolución aparece citada en:
- Euskadi 080/2020 2020-06-25
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