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Resolución 139/2026

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Hechos

El Cabildo Insular de Fuerteventura aprobó el expediente y los pliegos para la contratación del servicio de apoyo al Gabinete de Presidencia en materia de prensa y comunicación. Se presentaron varias ofertas, y la Mesa de Contratación evaluó las ofertas técnicas y económicas. La recurrente, METRÓPOLIS COMUNICACIÓN, S.L.U., presentó alegaciones antes de la adjudicación, que fueron desestimadas. Finalmente, el contrato fue adjudicado a GCL. METRÓPOLIS COMUNICACIÓN, S.L.U. interpuso un recurso especial contra esta adjudicación, alegando dos motivos principales: una evaluación incorrecta del criterio de calidad de clipping y la falta de habilitación empresarial de la adjudicataria para realizar ciertas prestaciones.

  • Artículo 1281 del Código Civil
  • Artículo 1289 del Código Civil
  • Artículo 32.2 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril
  • Artículo 145 de la LCSP
  • Artículo 215 de la LCSP
  • Artículo 215.2.b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre
  • Artículo 216 de la LCSP
  • Artículo 217 de la LCSP
  • Artículo 211.1.f) de la LCSP
  • Artículo 201 de la LCSP
  • Artículo 202.1 de la LCSP
  • Artículo 75.4 de la LCSP
  • Artículo 71 de la LCSP
  • Artículo 122.2 de la LCSP
  • Artículo 139.1 de la LCSP
  • Artículo 46.3 de la LCSP
  • Artículo 46.4 de la LCSP
  • Artículo 2.2 del Decreto 10/2015, de 12 de febrero
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 44.1.a) de la LCSP
  • Artículo 44.2.c) de la LCSP
  • Artículo 50.1 de la LCSP
  • Artículo 51.3 de la LCSP
  • Artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
  • Artículo 56.2 de la LCSP
  • Artículo 56.3 de la LCSP
  • Artículo 57.3 de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
  • Disposición adicional decimoquinta de la LCSP

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