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Resolución 219/2022

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Hechos

GENERAL ELECTRIC recurre su exclusión del lote 1 de la licitación porque no presentó el DEUC de una empresa que pretendía subcontratar. La empresa alega que tras presentar la oferta se dio cuenta de que los equipos no requerían subcontratación. El órgano de contratación desiste del lote 1 debido a errores en los pliegos detectados a raíz de este y otros recursos.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP)
  • Artículo 46.2 de la Ley 9/2017
  • Artículo 44.1 a) de la LCSP
  • Artículo 44.2 b) de la LCSP
  • Artículo 58.2 de la LCSP
  • Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras de la Generalitat de Catalunya
  • Decreto 221/2013, de 3 de septiembre
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa
  • Artículo 10.1 k) de la Ley 29/1998
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998
  • Artículo 59 de la LCSP

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