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Resolució
0807/2024
IBERMUTUA convocó una licitación para el servicio de limpieza de sus centros. CLN SERVICIOS INTEGRALES, S.L. interpuso un recurso contra la adjudicación a GRUPO SIFU ASTURIAS, S.L., argumentando que las empresas licitadoras superaron el límite de extensión de la memoria expositiva al incluir las fichas técnicas, las cuales, según la recurrente, debían computar dentro del límite de 25 hojas establecido en los pliegos. IBERMUTUA respondió a una consulta en la plataforma de contratación indicando que las fichas técnicas no computaban para el límite de la memoria.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 47.1 de la LCSP
- Artículo 56.2 de la LCSP
- Artículo 50 de la LCSP
- Artículo 44.1.a) de la LCSP
- Artículo 44.2 c) de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 138.3 de la LCSP
- Artículo 57.3 de la LCSP
- Artículo 58 de la LCSP
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre
- Artículo 1281 del Código Civil
- Artículo 1288 del Código Civil
- Artículo 11.1 letra f) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Esta resolución cita a:
- Central 1955/2021 2021-12-29
- Central 1383/2021 2021-10-15
- Central 1134/2018 2018-12-07
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