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Resolución
0136/2018
El Ayuntamiento de Elche excluyó a METAENLACE SISTEMAS DE INFORMACIÓN, S.L. de la licitación del servicio de mantenimiento de equipos informáticos por contradicciones entre la oferta y los pliegos, específicamente en cuanto a la ubicación de la base del servicio de mantenimiento y la inclusión de personal adicional en la memoria técnica en lugar del sobre correspondiente. METAENLACE recurrió, alegando contradicciones en los pliegos y defendiendo que la inclusión de técnicos adicionales en la memoria técnica no buscaba una valoración adicional.
- TRLCSP
- TRLCSP artículo 40
- TRLCSP artículo 41.3
- TRLCSP artículo 42
- TRLCSP artículo 44
- TRLCSP artículo 46.2
- TRLCSP artículo 47.2
- TRLCSP artículo 47.5
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
- Ley 29/1998
- Ley 29/1998 artículo 75
- Código Civil artículo 1281
- Código Civil artículo 1281 a 1289
- Código Civil artículo 1282
Esta resolución cita a:
- Central 147/2011 2011-05-24
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