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Resolución 0381/2025

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Hechos

El Ayuntamiento de Oviedo adjudicó un contrato de servicio de ayuda a domicilio a AZVASE, S.L., excluyendo a GERUSIA, S.L. por considerar que no justificó adecuadamente su oferta anormalmente baja. GERUSIA, S.L. recurre esta decisión, alegando que sí justificó la viabilidad económica de su oferta y que el Ayuntamiento interpretó erróneamente el convenio colectivo aplicable.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 149 de la LCSP
  • Artículos 46.4 y 46.2 de la LCSP
  • Artículos 44.1.a) y 44.2.c) de la LCSP
  • Artículo 56.2 de la LCPS
  • Artículo 53 de la LCSP
  • Artículo 57.3 de la LCSP

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