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Resolución 275/2025

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Hechos

El Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna adjudicó el contrato de servicio de conservación y mantenimiento del alumbrado público a la UTE IMESAPI-EMELSA. La recurrente, EFFICO, S.L., segunda clasificada, impugna la adjudicación alegando un conflicto de intereses. Una funcionaria del ayuntamiento, Jefa de Servicio del Área de Medio Ambiente y Servicios Municipales (MBHM), casada con un apoderado de IMESAPI, S.A., se abstuvo de participar en el procedimiento. Sin embargo, esta funcionaria es también Secretaria de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Santa Cruz de Tenerife (COIITF), entidad a la que el ayuntamiento contrató (mediante un contrato menor) para la evaluación de las ofertas técnicas. La valoración del COIITF fue determinante para la adjudicación a la UTE IMESAPI-EMELSA, ya que obtuvo un punto más que EFFICO, S.L. en el criterio dependiente de juicio de valor. La recurrente sostiene que el ayuntamiento conocía esta situación y no tomó las medidas adecuadas para evitar el conflicto de intereses.

  • Artículo 64 de la LCSP
  • Artículo 326 de la LCSP
  • Artículo 150.1 de la LCSP
  • Artículo 157.5 de la LCSP
  • Cláusula 15.1 del PCAP
  • Artículo 118.1 de la LCSP
  • Artículo 102 de la LCSP
  • Artículo 149 de la LCSP
  • Artículo 85 del Reglamento General de LCAP
  • Artículo 86 del Reglamento General de LCAP
  • Artículo 23.2.b de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
  • Artículo 24.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
  • Artículo 24.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
  • Artículo 52.1 de la LCSP
  • Artículo 52.2 de la LCSP
  • Artículo 52.3 de la LCSP
  • Artículo 53.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Artículo 1.1 de la LCSP
  • Artículo 24 de la Directiva 2014/24/UE
  • Artículo 29 del RDLey 3/2020, de 4 de febrero
  • Artículo 71.1.g de la LCSP
  • Artículo 46.3 de la LCSP
  • Artículo 46.4 de la LCSP
  • Artículo 2.2 del Decreto 10/2015 de 12 de febrero
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 44.1.a de la LCSP
  • Artículo 44.2.c de la LCSP
  • Artículo 50.1 de la LCSP
  • Disposición Adicional Decimoquinta de la LCSP
  • Artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Artículo 56.2 de la LCSP
  • Artículo 56.3 de la LCSP
  • Artículo 57.4 de la LCSP
  • Artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
  • Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

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