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Resolución 152/2022

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Hechos

Valoriza recurre su exclusión del lote 1 por considerar que su oferta no debió ser considerada desproporcionada. El Ayuntamiento defendió su decisión basándose en informes técnicos que cuestionaban la viabilidad de la oferta de Valoriza, especialmente en lo referente a los costes de personal y maquinaria. Gruporaga, como adjudicataria, también presentó alegaciones en contra del recurso.

  • Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
  • Artículo 46.4 de la LCSP
  • Artículo 3 de la Ley 9/2010
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 50.1 de la LCSP
  • Artículos 44.1 a) y 44.2.b) de la LCSP
  • Artículos 85.4 y 86 del RGLCAP
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre
  • Artículo 149.4 de la LCSP
  • Artículo 201 de la LCSP
  • Artículo 69.3 de la Directiva 2014/24/UE
  • Artículo 149 de la LCSP
  • Artículo 58 de la LCSP
  • Artículo 53 LCSP
  • Artículo 3.5 de la Ley 9/2010
  • Artículos 10, letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998
  • Artículo 59 de la LCSP

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