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Resolución
0164/2018
La UTE formada por INGESER ATLÁNTICA, S. L. y ESTACIONAMIENTOS IBERPARK, S. A. presenta un recurso contra su exclusión del proceso de licitación para la concesión de servicios de estacionamiento regulado en Vigo. La mesa de contratación justificó la exclusión basándose en que el plan económico financiero de la UTE contemplaba modificaciones del contrato (ampliación de plazas y horarios) que no dependían de su voluntad, lo que podría hacer inviable la concesión. La UTE argumenta que la ampliación de plazas está prevista en los pliegos y que la exclusión es incongruente, ya que a DORNIER, la empresa adjudicataria, se le admitió a pesar de incluir ampliaciones en su oferta técnica no reflejadas en su plan económico financiero.
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP)
- Artículos 41.4 del TRLCSP
- Artículo 42 del TRLCSP
- Artículo 40.1.a) del TRLSCP
- Artículo 40.2.b) del TRLCSP
- Artículo 44, apartados 1 y 2ª, del TRLCSP
- Artículo 47.4 del TRLCSP
- Artículo 47.5 del TRLCSP
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre (RPERMC)
- Artículos 22.1.1º del RPERMC
- Artículos 22.1.2º del RPERMC
- Artículos 22.1.3º y 4º del RPERMC
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Directiva 2014/23/UE
- Artículo 5.1 DC
- Artículo 8.1 DC
- Directiva 89/665/CEE
- Directiva 2007/66/CE
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC)
- Artículo 30.2 de la Ley 39/2015
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículos 10.1, letra k) y 46.1 de la Ley 29/1998
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