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Resolución
0520/2015
Órgano de contratación
Licitación
Fecha de resolución
4 de junio de 2015
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La UTE recurrente fue excluida de la licitación por no acreditar la clasificación requerida en el pliego. La UTE interpone recurso alegando que la clasificación no era exigible por ser un contrato de consultoría y asistencia técnica y, subsidiariamente, porque una de las empresas de la UTE sí contaba con la clasificación.
- Real Decreto Legislativo 3/2011
- Artículo 41.3 del Real Decreto Legislativo 3/2011
- Artículo 44.2.b) del Real Decreto Legislativo 3/2011
- Artículo 40.2.b) del Real Decreto Legislativo 3/2011
- Artículo 40.1.b) del Real Decreto Legislativo 3/2011
- Artículo 67.5 del Real Decreto Legislativo 3/2011
- Artículo 46 del Real Decreto Legislativo 3/2011
- Artículo 88 del Real Decreto Legislativo 3/2011
- Artículo 65.1.b) del Real Decreto Legislativo 3/2011
- Artículo 79.bis.a) del Real Decreto Legislativo 3/2011
- Disposición Transitoria Cuarta del Real Decreto Legislativo 3/2011
- Artículo 65 del Real Decreto Legislativo 3/2011
- Artículo 25 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
- Artículo 196.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
- Artículo 196.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
- Real Decreto 1098/2001
- Ley 25/2013
- Artículo 1 del Real Decreto Legislativo 3/2011
- Artículo 47.5 del Real Decreto Legislativo 3/2011
Esta resolución cita a:
- Central 274/2011 2011-11-15
- Central 247/2011 2011-10-25
Esta resolución aparece citada en:
- Madrid 135/2015 2015-09-07
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