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Resolución
192/2017
La empresa ACJ, S.A.U. presenta un recurso contra la adjudicación del lote 1 a DRÄGER MEDICAL HISPANIA, S.A., alegando incumplimientos del pliego de prescripciones técnicas. ACJ argumenta que DRÄGER no cumple con los requisitos mínimos exigidos en cuanto a la exportación de datos al sistema de información clínica (PICIS), la fiabilidad y disponibilidad del sistema, y el tiempo de respuesta técnica. La Dirección General de Recursos Económicos desestima el recurso basándose en informes técnicos que avalan el cumplimiento de DRÄGER y en la doctrina de la discrecionalidad técnica.
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 46.2
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 41
- Decreto 10/2015, de 12 de febrero, artículo 2.1
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 42
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 40.1
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 40.2.c
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 44
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 151.4
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 145
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 145.1
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 117
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 22
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 160
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 160.1
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) artículo 47.5
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículos 10.1 y 46.1
Esta resolución cita a:
- Canarias 52/2015 2015-12-28
Esta resolución aparece citada en:
- Canarias 40/2018 2018-03-09
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