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Resolución
288/2022
La empresa recurrente fue excluida de un procedimiento de licitación por no estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. La mesa de contratación accedió a la información de la Tesorería General de la Seguridad Social, donde constaba una deuda. La empresa recurrente alega que sí estaba al corriente en el plazo de presentación de proposiciones y que la deuda era por actas de inspección que no le habían sido notificadas hasta después de dicho plazo. La empresa realizó los pagos correspondientes y presentó un certificado que acreditaba estar al corriente de sus obligaciones.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) artículo 46.1
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) artículo 48
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) artículo 50.1
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) artículo 44.1.a
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) artículo 44.2.c
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) artículo 140
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) artículo 140.4
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) artículo 71
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) artículo 71 d)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) artículo 56
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) artículo 56.2
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) artículo 58
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) artículo 59
- Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público
- Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público artículo 3
- Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público artículo 3.5
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, artículos 10, letra k) y 46.1
- Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión, de 5 de enero de 2016
- Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP) artículo 14
Esta resolución cita a:
- Madrid 427/2021 2021-09-17
Esta resolución aparece citada en:
- Madrid 004/2024 2024-01-11
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