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Resolución 0392/2020

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Hechos

La empresa recurrente fue excluida por incluir en el sobre de documentación administrativa (Sobre 1) información técnica que debía ir en el Sobre 2. Tras la renuncia del adjudicatario, el órgano de contratación declaró desierto el procedimiento.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículos 16.4, 30.6, 51.3, 115.2)
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (artículos 44.1 a), 44.2 b), 45, 48, 50.1, 51.3, 58)
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (artículos 11.1 f), 46.1)

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