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Resolución
133/2022
Órgano de contratación
Licitación
Parte recurrente
Fecha de resolución
29 de agosto de 2022
Acto recurrido
Decisión
Este resumen ha sido generado automáticamente por IA. Puede contener errores.
Hechos
La Asociación Guipuzcoana de Integradores Sociales y Animadores Socioculturales (AGISAS) interpone un recurso contra los pliegos del contrato "Servicio de intervención socioeducativa y Psicosocial" del Ayuntamiento de Ibarra. AGISAS argumenta que los Técnicos Superiores en Integración Social (TSIS) están capacitados para realizar las funciones de psicólogo/psicoterapeuta y educador social especificadas en los pliegos, y solicita que se anulen los requisitos de titulación que excluyen a estos profesionales. El Ayuntamiento de Ibarra se opone, defendiendo que la Ley de Servicios Sociales reconoce a los educadores sociales como los profesionales básicos en intervención socioeducativa.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 44.1 a) LCSP
- Artículo 44.2 a) LCSP
- Artículo 50.1 LCSP
- Artículo 56.2 LCSP
- Artículo 3 LCSP
- Artículo 36 Constitución Española
- Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales
- Artículo 78.3 Ley 12/2008
- Real Decreto 1074/2012, de 13 de julio
Esta resolución cita a:
- Euskadi 079/2022 2022-05-10
- Euskadi 171/2021 2021-10-27
- Euskadi 159/2020 2020-11-24
- Euskadi 186/2018 2018-12-27
Esta resolución aparece citada en:
- Euskadi 011/2023 2023-01-23
- Euskadi 174/2022 2022-11-10
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