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Resolución
1898/2021
TRANSVÍA, S.L. presenta recurso contra la inadmisión de su oferta por haber sido presentada fuera de plazo (cuatro minutos y cuarenta y dos segundos después del límite establecido). La empresa alega que comenzó el proceso de presentación dentro del plazo, pero que por motivos informáticos el proceso se completó fuera de tiempo. Invoca la doctrina administrativa y la Resolución 698/2020 del Tribunal, que contemplaría un caso similar.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 44.1.a) LCSP
- Artículo 44.2.b) LCSP
- Artículo 46 LCSP
- Artículo 48 LCSP
- Artículo 49 LCSP
- Artículo 50.1 LCSP
- Artículo 50.1.c LCSP
- Artículo 56 LCSP
- Artículo 56.2 LCSP
- Artículo 58 LCSP
- Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre (RPERMC)
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
- Artículo 10.1, letra k) Ley 29/1998
- Artículo 46.1 Ley 29/1998
Esta resolución cita a:
- Central 1178/2018 2018-12-17
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