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Resolución 367/2025

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Hechos

La empresa GRUPO CONTROL recurre su exclusión de la licitación del contrato de servicios de seguridad, vigilancia y control de edificios de la Diputación Provincial de Jaén. La mesa de contratación excluyó a GRUPO CONTROL por considerar que su oferta excedía el presupuesto base de licitación en el precio de conexión y mantenimiento de los sistemas de alarma y videovigilancia. GRUPO CONTROL alega que el pliego no establece que la superación de alguna de las partidas de manera individual suponga la exclusión y que su oferta global es más económica.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • Artículo 46 de la LCSP
  • Artículo 48 de la LCSP
  • Artículo 44 apartados 1 a) y 2 b) de la LCSP
  • Artículo 50.1 c) de la LCSP
  • Artículo 100 de la LCSP
  • Artículo 102 de la LCSP
  • Artículo 124 de la LCSP
  • Artículo 122 de la LCSP
  • Artículo 57 de la LCSP
  • Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, artículo 67
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, artículo 68.3
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, artículos 10.1 letra k) y 46.1

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