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Resolución
367/2025
La empresa GRUPO CONTROL recurre su exclusión de la licitación del contrato de servicios de seguridad, vigilancia y control de edificios de la Diputación Provincial de Jaén. La mesa de contratación excluyó a GRUPO CONTROL por considerar que su oferta excedía el presupuesto base de licitación en el precio de conexión y mantenimiento de los sistemas de alarma y videovigilancia. GRUPO CONTROL alega que el pliego no establece que la superación de alguna de las partidas de manera individual suponga la exclusión y que su oferta global es más económica.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Artículo 46 de la LCSP
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 44 apartados 1 a) y 2 b) de la LCSP
- Artículo 50.1 c) de la LCSP
- Artículo 100 de la LCSP
- Artículo 102 de la LCSP
- Artículo 124 de la LCSP
- Artículo 122 de la LCSP
- Artículo 57 de la LCSP
- Decreto 332/2011, de 2 de noviembre
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, artículo 67
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, artículo 68.3
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, artículos 10.1 letra k) y 46.1
Esta resolución cita a:
- Andalucía 146/2025 2025-03-14
- Andalucía 30/2025 2025-01-24
- Andalucía 405/2024 2024-09-20
- Andalucía 212/2023 2023-04-21
- Andalucía 364/2022 2022-07-06
- Andalucía 143/2021 2021-04-15
- Andalucía 130/2020 2020-05-28
- Madrid 254/2019 2019-06-19
- Andalucía 62/2012 2012-06-08
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