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Resolución 315/2013

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Hechos

La UTE recurrente fue excluida de un acuerdo marco para el suministro de equipos y software de comunicaciones porque su oferta llegó fuera de plazo y no cumplió con los requisitos de presentación establecidos en el pliego y el artículo 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La UTE presentó su oferta en el registro del Ministerio de Economía y Hacienda en Barcelona en lugar de hacerlo en el registro especificado en Madrid.

  • TRLCSP
  • Ley 30/1992
  • RGLCAP
  • RGLCAP, artículo 80.4
  • RGLCAP, artículo 80.2
  • Ley 29/1998, artículo 11
  • Ley 29/1998, artículo 46.1

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