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Resolución
149/2012
Dos empresas recurren contra el pliego de condiciones de un contrato de suministro de vestuario y calzado para el Ejército de Tierra. Alegan que el régimen jurídico aplicable no es el correcto, que la tramitación urgente no está justificada, que el plazo de presentación de ofertas es insuficiente y que el contrato debería dividirse en lotes.
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), artículo 73
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP), artículos 40.1 y 2, 41.1, 42, 44, 44.5, 46.1, 46.2, 47.4, 47.5, 57, 86.3, 112.1, 115.2, 115 y 116, 141, 143, 150, 157 a 161, 159
- Ley 24/2011, de 1 de agosto, artículos 2.1, 4, 27, 32, 38, 38, 59
- Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), artículos 67 y 68
- Directiva 2009/81/CE
- Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, artículos 11 y 46.1
Esta resolución cita a:
- Central 290/2011 2011-11-22
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