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Resolución
478/2024
Lokimica S.L. recurre la decisión del Ayuntamiento de Parla de excluir su oferta para el contrato de servicio de prevención y control de plagas. La exclusión se basa en que el proyecto técnico presentado por Lokimica excede el límite de 75 páginas establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP). Lokimica argumenta que la carátula, el índice, la declaración de confidencialidad y la declaración de ajustarse a la extensión requerida no deben considerarse parte del proyecto. El Ayuntamiento defiende la exclusión y alega falta de legitimación del recurrente y extemporaneidad del recurso.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 56.2 de la Ley 9/2017
- Artículo 46.4 de la LCSP
- Artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre
- Artículo 48 de la LCSP
- Artículo 50.1 de la LCSP
- Artículo 44.1.a) de la LCSP
- Artículo 44.2.c) de la LCSP
- Disposición Transitoria 15ª apartado 3 de la LCSP
- Artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Artículo 58 de la LCSP
- Artículo 53 de la LCSP
- Artículo 3.5 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre
- Artículo 10, letra k) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Artículo 59 de la LCSP
Esta resolución cita a:
- Madrid 364/2023 2023-09-28
- Madrid 185/2023 2023-05-11
- Andalucía 5/2020 2020-01-16
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