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Resolución
0348/2014
El Ayuntamiento de A Coruña convocó una licitación para la gestión del Centro Municipal de Información Juvenil. ESPROADE, S.L. recurre el acuerdo de adjudicación al considerar que la solicitud de aclaraciones sobre las ofertas económicas por parte de la mesa de contratación no está justificada y altera el principio de igualdad. El Ayuntamiento argumenta que la aclaración era necesaria debido a la confusión en el modelo de oferta económica y que, incluso sin la aclaración, la adjudicación sería la misma.
- TRLCSP artículo 40.1. b)
- TRLCSP artículo 40.2 c)
- TRLCSP artículo 41.3
- TRLCSP artículo 42
- TRLCSP artículo 44.2
- TRLCSP artículo 45
- TRLCSP artículo 47.4
- TRLCSP artículo 47.5
- TRLCSP artículo 139
- TRLCSP artículo 151.4
- RGLCAP artículo 81
- Ley 29/1998 artículo 10.1, letra k)
- Ley 29/1998 artículo 46.1
- Código Civil artículo 1.281
- Código Civil artículo 1.282
- Orden HAP/2425/2013, de 23 de diciembre
- Directiva 2004/18/CE artículo 2
Esta resolución cita a:
- Central 47/2012 2012-02-02
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