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Resolución
201/2023
La empresa GARBIALDI, S.A. interpuso un recurso especial contra la adjudicación del contrato de "Servicio de Limpieza y Jardinería para la OSI Bilbao-Basurto" tramitado por Osakidetza. La recurrente alega que la adjudicataria, SERVEO, ofertó cero euros en varios sublotes, lo cual considera un fraude de ley y que hace inaplicable la fórmula de valoración. Osakidetza se opone al recurso, argumentando que el pliego sí permitía ofertas a precio cero y que la fórmula se aplicó correctamente. SERVEO también presenta alegaciones en defensa de la adjudicación.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
- Artículo 44.1 a) LCSP
- Artículo 44.2 c) LCSP
- Artículo 50.1 LCSP
- Artículo 56.2 LCSP
- Artículo 3 LCSP
- Artículo 46.1 LCSP
- Artículo 57.3 LCSP
- Artículo 59.1 LCSP
- Artículo 6.4 del Código Civil
- Directiva 2014/24/UE
- Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJ)
- Artículo 44.1 LJ
- Artículo 46. 1 LJ
- Artículo 10.1 k) LJ
- Disposición Adicional Octava de la Ley 5/2010
Esta resolución cita a:
- Euskadi 194/2022 2022-12-13
- Euskadi 149/2021 2021-09-17
- Euskadi 164/2020 2020-12-02
- Euskadi 145/2020 2020-10-30
- Euskadi 112/2018 2018-09-20
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