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Resolución
112/2014
La empresa Izasa Distribuciones Técnicas, S.A. interpone un recurso contra la adjudicación del Acuerdo Marco para la selección de empresas suministradoras para la adquisición del equipamiento de investigación y docencia (lote 3), tramitado por la Universidad del País Vasco. El poder adjudicador alude a una cuestión que afecta a la admisibilidad del recurso y que el OARC / KEAO debe analizar con carácter previo al estudio que, en su caso, se efectúe sobre el fondo del asunto. Hay que recordar que la resolución impugnada trae causa de la Resolución 65/2014 de este Órgano, que anuló la primera adjudicación del procedimiento y estableció «la retroacción del procedimiento para que el criterio “Plazo de garantía” se aplique en los términos expresados en el Fundamento de Derecho Octavo.» El acto ahora impugnado ejecuta estrictamente este mandato; dado que se trataba de aplicar un criterio de apreciación automática.
- Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
- TRLCSP artículo 40.1 a)
- TRLCSP artículo 40.2 c)
- TRLCSP artículos 3.1 c), 3.2 c) y 3.3 a)
- TRLCSP artículo 46.2
- TRLCSP artículo 41. 3
- TRLCSP artículo 45
- TRLCSP artículo 47.4
- TRLCSP artículo 47.5
- TRLCSP artículo 49
- Ley 5/2010, de 23 de diciembre, Disposición Adicional Octava
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 44.1
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 46. 1
- Ley 29/1998, de 13 de julio, artículo 10 k)
Esta resolución aparece citada en:
- Andalucía 89/2026 2026-02-17
- Andalucía 667/2025 2025-10-31
- Andalucía 491/2025 2025-08-11
- Euskadi 003/2022 2022-01-10
- Euskadi 129/2020 2020-10-02
- Euskadi 053/2020 2020-03-10
- Euskadi 134/2016 2016-12-12
- Euskadi 097/2016 2016-08-30
- Euskadi 141/2015 2015-12-16
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