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Resolución 1098/2020

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Hechos

Vodafone recurre la adjudicación a Orange del contrato de servicio de telefonía móvil de la Universitat Politècnica de València, alegando que la oferta de Orange incumple la normativa europea al imponer recargos por itinerancia. La Universitat Politècnica de València defiende la conformidad de la oferta de Orange con los pliegos y la normativa. Orange alega que su oferta cumple con la regulación de la Unión Europea sobre llamadas en itinerancia.

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
  • Artículo 46.2 LCSP
  • Artículo 44.1.a) LCSP
  • Artículo 44.2.c) LCSP
  • Artículo 48 LCSP
  • Artículo 53 LCSP
  • Artículo 139 LCSP
  • Artículo 57.3 LCSP
  • Artículo 58 LCSP
  • Reglamento (UE) 2015/2120 del Parlamento Europeo del Consejo de 25 de noviembre de 2015
  • Directiva 2002/22/CE
  • Reglamento (UE) 531/2012
  • Artículo 6 bis del Reglamento (UE) 2015/2120
  • Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
  • Artículos 10.1.k) Ley 29/1998
  • Artículos 46.1 Ley 29/1998

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